Cuando se acerca el final de año es muy habitual que los bancos hagan promociones y ofertas atractivas a los clientes por realizar aportaciones a los planes de pensiones.
Los planes de pensiones son un producto tan publicitado que muchas personas cuando se plantean ahorrar para la jubilación invierten en un plan de pensiones sin preocuparse de averiguar si hay otras opciones. Muchas veces incluso ni se han planteado ahorrar, pero en el banco le comentan que es una fórmula que permite rebajar la presión fiscal. Así que se han convertido en el producto de ahorro para la jubilación más extendido.
Pero esto no significa que sea el único. Ni el mejor.
En este artículo vamos a hablar también de los PIAS, y los compararemos con los Planes de pensiones.
¿En qué consiste un PIAS?
El Plan individual de ahorro sistemático es un producto de ahorro a largo plazo, al que vamos realizando aportaciones periódicas, con el objetivo de rescatar en un momento futuro el capital acumulado más los rendimientos obtenidos.
El formato es de seguro de vida con lo que el capital está garantizado para los beneficiarios, y durante el camino tenemos la opción de rescatarlo de forma parcial o total.
Los beneficios obtenidos con los PIAS son elevados. Los intereses se calculan sobre el capital del periodo anterior que incluye los intereses generados. Se aplica el interés compuesto que permite que los capitales crezcan exponencialmente con el paso de los años. La rentabilidad obtenida depende de si la inversión se realiza en renta fija, variable o mixta.
¿A quién va dirigido el PIAS?
Es un producto muy adecuado cuando planificamos la jubilación, ya que nos permite realizar con mucha antelación pequeñas aportaciones que se incrementarán exponencialmente con el paso de los años. Cuantos más años pasen, mejor. La magia del interés compuesto va de la mano con el paso de los años.
No olvidemos que también permite rescates antes de la jubilación, así que si queremos disponer de este dinero por causas inesperada se puede rescatar.
Así que pueden contratar un PIAS todas las personas que se preocupan por disponer de recursos en un futuro. Cuánto más jóvenes mejor. Se obtienen más beneficios con un PIAS de 50€ al mes durante 40 años, que con un PIAS de 100€ al mes durante 20 años.
Aunque lo más habitual es que los jóvenes tengan otras prioridades como invertir en la compra de una vivienda, siempre es muy recomendable guardar un poquito para el ahorro a largo plazo.
Fiscalidad del PIAS
En el momento de la aportación el PIAS no disfruta de ninguna ventaja fiscal.
En el momento de rescatarlo pueden darse tres supuestos:
Rescate en forma única de todo el capital más los intereses acumulados: Tributa como rendimiento del capital mobiliario (entre un 19% y un 23%) pero sólo el beneficio obtenido. En este punto es donde observamos otra de las ventajas del PIAS frente al Plan de pensiones. Como veremos más adelante los Planes de Pensiones tributan en su totalidad como rendimientos del trabajo.
Rescate en forma de Renta Temporal. Hasta 10 años, en este caso existe una bonificación del 50%
Y por último la tercera opción sería recibir una renta vitalicia donde la mensualidad hasta que el cliente fallezca está muy bonificada pudiendo quedar en menos del 0,02% y sólo sobre los beneficios del PIAS.
Por normativa existen unos parámetros a respetar:
Las aportaciones anuales no pueden superar los 8.000 €, el total del capital aportado puede ser máximo 240.000€ y la edad máxima para rescatarlo son los 70 años.
Vamos a analizar ahora los Planes de pensiones y compararlos con los PIAS:
Con los Planes de pensiones la operativa es similar al PIAS: también realizamos aportaciones que van acumulándose y generando intereses con la finalidad de rescatarlo en el futuro. La rentabilidad obtenida depende de si se invierte en renta fija variable o mixta.
Puede rescatarse antes de la jubilación sólo en circunstancias muy específicas, o si han transcurrido más de 10 años desde la aportación, Por ejemplo: un plan creado en 2016 con aportación de 4000 € anuales. A partir de 2026 que tendremos 40.000€ más los intereses, podremos retirar 4000 € cada año pero no los 40.000 en una sola vez.
En este sentido la diferencia con los PIAS es que ante cualquier eventualidad económica en la que nos surja la necesidad de rescatar la inversión, con un PIAS es posible, con un plan de pensiones debemos esperar más años, y con limitaciones.
El Plan de pensiones va dirigido a cualquier persona que tenga inquietud por el futuro y se preocupe por disponer de un capital para la jubilación. También ha sido muy utilizado para rebajar la cuota a pagar en el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, ya que hasta hace poco disfrutaba de ventajas fiscales en el momento de la aportación.
Como en el PIAS, es interesante que el Plan de pensiones tenga una duración continuada en el tiempo, ya que también juega un papel decisivo el interés compuesto, así que cuando más jóvenes empecemos a realizar aportaciones mejor.
Fiscalidad de los Planes de pensiones:
La ventaja fiscal que tradicionalmente disfrutaban los planes de pensiones, es cada año menos ventaja. Consiste en restar de la Base Imponible sobre la que calculamos el IRPF a pagar, el mismo importe que la aportación realizada al Plan de Pensiones, pero hay un máximo a restar. Este año 1.500€.
En el momento del rescate los Planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo, así que para hacer el cálculo del total a pagar de renta en el ejercicio en que se recupera el Plan de pensiones, primero hay que hacer la suma de los ingresos efectivamente obtenidos por nuestro trabajo y sumarle el total del Plan de pensiones. Sobre esta cantidad se aplicarán los tramos de IRPF, que pueden llegar hasta el 47%
Esto se aplica tanto si se rescata de golpe como en forma de renta vitalicia. El rescate del plan de pensiones siempre tributa como rendimiento del trabajo, tanto si es la totalidad como si se fracciona en renta vitalicia.
Veamos un ejemplo práctico donde comparamos las dos opciones:
Aportación mensual a un PIAS de 200€, y aportación anual a un plan de Pensiones de 2.400€
La duración es de 30 años para ambos, y obteniendo una rentabilidad parecida podríamos llegar a acumular en ambos casos 190.000€ aproximadamente, que consisten en 97.000€ aportaciones, y 93.000 intereses obtenidos. Prácticamente duplicamos la inversión.
Veamos la fiscalidad en las aportaciones y rescate, suponiendo que la normativa en estos años fuera la actual, y que la persona tiene unos ingresos por el trabajo de 45.000€ anuales.
Plan de pensiones:
Aportaciones: cada año se deduce 1.500€ de la BI del IRPF, con los tramos y tipos actuales, le supondría un ahorro anual de 561€. En 30 años el ahorro es de 16.830€
Rescate: con una Base imponible de renta de 45.000€ la cantidad a pagar de IRPF sería 12.351€. Si a esta base Imponible le añadimos los 190.000€, ésta pasa a ser de 235.000€, y el IRPF correspondiente son 96.651€. En resumen, hemos pagado de impuestos por rescatar el Plan de pensiones 84.300€
Ahorro en las aportaciones -coste de rescate= nos ha costado un global de 67.470€.
Con el Plan de Pensiones del ahorro de 30 años, una vez pagados los impuestos, obtendremos el día que nos jubilemos 105.700€
PIAS:
Aportaciones: no nos deducimos nada.
Rescate: No nos afecta a la parte de ingresos por el trabajo de la Renta, ya que tributa como rendimiento del capital mobiliario solo la parte de intereses obtenidos. En este caso 93.000€ al tipo actual son 20.270€
Ahorro en las aportaciones – coste de rescate = nos ha costado un global de 20.270€
Con el PIAS del ahorro de 30 años, una vez pagados los impuestos, obtendremos el día que nos jubilemos 169.730€
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