En este artículo analizamos la tributación en la declaración de la renta de los productos financieros de ahorro a largo plazo más habituales.
PIAS. Plan Individual de Ahorro Sistemático.
Este producto de ahorro funciona de la siguiente manera: Las aportaciones periódicas suman al capital inicial y los intereses obtenidos se van acumulando a éste. Es un producto muy atractivo cuando planificamos la jubilación ya que con él podemos obtener atractivas rentabilidades.
En el momento del rescate podemos elegir si recibir toda la cantidad (capital + intereses) de golpe o fraccionado. En el caso de recibirlo de golpe lo añadiremos a la declaración de la renta como rendimiento del capital mobiliario: Pagaremos solo por la parte de intereses generados. Total rescatado – aportaciones realizadas= rendimiento. El tipo está actualmente entre el 19 y el 23%
En el momento del rescate también podemos decidir fraccionar el cobro durante 10 años. En este caso la tributación como rendimiento del capital mobiliario disfruta de un 50% de bonificación.
Y si decidimos rescatarlo en forma de renta vitalicia las bonificaciones son mucho más elevadas(….)
Ejemplo: aportamos durante 22 años a un PIAS 300€ al mes y obtenemos al final del periodo un beneficio de 85.000€ que unido a la aportaciones suma 187.000€ La tributación en la declaración de la renta del año que rescatemos toda la cantidad será como máximo el 23% de 85.000 € = 19.550€
Si lo rescatamos en 10 años: 977 € cada año
Si lo rescatamos como renta vitalicia prácticamente no pagaremos nada.
Planes de Ahorro a largo Plazo:
Existen distintos hechos en nuestras vidas que nos plantean la necesidad de ahorrar para el futuro con un objetivo. Como podría ser empezar a ahorrar cuando nuestros hijos son muy pequeños para poder enviarlos a estudiar en el extranjero. Disponemos de productos a largo plazo indicados para ello, con una rentabilidad elevada que nos permiten tener el control de la inversión y decidir si la cobran los hijos o si la cobramos nosotros. Tienen la ventaja que permiten realizar rescates parciales. Estos productos, en formato de seguro de vida, tributan como rendimientos del capital mobiliario, es decir, en el momento del rescate solo pagaremos como máximo un 23% la parte de intereses obtenidos. Y si la cobran directamente nuestros hijos los primeros 30.000€ están exentos.
Planes de Pensiones:
Los planes de pensiones son actualmente el producto de ahorro para la jubilación más conocido. Quizás porqué la banca se ha dedicado a promocionarlo en gran medida, quizás porqué hasta hace pocos años disfrutaban de ventajas fiscales. Sea como fuere, este producto ha sido muy beneficioso fiscalmente a las rentas altas ya que durante muchos años las aportaciones realizadas han sido deducibles. Pero esto ya no es así. Actualmente solo puede deducirse en la declaración de la renta del año de la aportación hasta 2.000€.
Pero el tema más delicado es la tributación en el momento del rescate ya que los planes de pensiones tributan como rendimiento del trabajo.
Veamos que sucede, si como en el ejemplo anterior, en el momento de la jubilación disponemos de un plan de pensiones con 187.000€
Tributaremos por los 187.000€. Este importe se añadirá como rendimiento del trabajo a la base general para calcular la base imponible. Imaginemos que sumando los distintos rendimientos del trabajo y una vez realizadas las bonificaciones nos queda una base imponible de 227.000€. Al tipo actual, este año pagaremos 93.000€ de IRPF. Los 187.000 se han quedado en la mitad.
PPA Plan de Previsión Asegurado
Son Planes ofrecidos por las compañías aseguradoras, con una rentabilidad asegurada, aunque baja (se que se calcula con el tipo de interés técnico que es menor al interés bancario). Los PPA tributan como los planes de pensiones. Las aportaciones realizadas durante el año pueden deducirse en la declaración de la renta (hasta 2.000€), pero en el momento del rescate toda la cantidad (Capital + Rendimientos) tributa como rendimientos del trabajo.
Sin duda es importante estar muy seguro de donde se invierten los ahorros. Una pequeña ventaja fiscal hoy puede suponer una desagradable sorpresa el día de mañana. En el momento de hacer la inversión, es imprescindible recibir toda la información relativa a la tributación de estos productos de ahorro.
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